Evaluación

El artículo 28 del Decreto 327/2010, de 13 de julio, recoge que los institutos de educación secundaria deberán realizar una autoevaluación centrada en los siguientes aspectos: el funcionamiento del centro, los programas que desarrolla, los procesos de enseñanza y aprendizaje, los resultados de su alumnado, el clima y la convivencia y, por último, las medidas y actuaciones dirigidas a la prevención de las dificultades de aprendizaje.

El Departamento de formación, evaluación e innovación educativa será el responsable de planificar y coordinar los diferentes procesos que se llevarán a cabo en el Plan de Evaluación Interna del centro que viene recogido en el Proyecto Educativo del mismo.

El objetivo fundamental de dicho plan será valorar el grado de consecución de los objetivos educativos definidos por el centro y recogidos en su proyecto, a partir de la medición de una serie de indicadores: 

Para recabar información de toda la Comunidad Educativa se diseñarán unos cuestionarios que deberán cumplimentar el profesorado y una muestra representativa de las familias y del alumnado.

Los datos obtenidos y el análisis de los mismos, nos servirán de base para la valoración global que se hará al finalizar cada curso escolar (y antes del 25 de Junio), y que se recogerá en una memoria de autoevaluación que deberá aprobar el Consejo Escolar, contando para ello con las aportaciones que realice el ETCP y el Claustro. En esta memoria se incluirá:

Para la realización de la memoria de autoevaluación se creará un equipo de evaluación que estará integrado por el Equipo Directivo, por la jefatura del FEIE y por un representante de cada uno de los distintos sectores de la comunidad educativa elegidos por el Consejo Escolar de entre sus miembros.